Congreso de la Nación Argentina
En 1889 el presidente Juárez Celman envió al Congreso de la Nación un proyecto de ley que proponía como locación para un nuevo Palacio Legislativo la manzana comprendida por la calles Entre Ríos, Combate de los Pozos, Victoria (hoy Yrigoyen) y Rivadavia, frente a la necesidad de asignar al Poder Legislativo una sede definitiva. La elección del lugar implicaba delinear un eje cívico en torno a la Avenida de Mayo, en cuyos extremos se situarían la Casa de Gobierno y el Cabildo histórico, por un lado, y el Congreso Nacional, por el otro.
El edificio se construyó luego de un concurso internacional de proyectos realizado en 1895, que fue ganado por el arquitecto italiano Víctor Meano. El proyecto de Meano reconocía como fundamento a tres ideas centrales: el academicismo, el eclecticismo y el clasicismo. Quizás su mayor acierto fue la incorporación de una imponente cúpula de ochenta metros de altura, que reforzó la monumentalidad del edificio y su valor simbólico.
Con la construcción del Palacio del Congreso surgió la idea de dotarlo de una plaza. Así, por iniciativa del senador Miguel Cané, en 1905 se sancionó la Ley 4869 que establecía la creación de la Plaza del Congreso en terrenos expropiados.
En 1906 los legisladores decidieron que el inminente período legislativo debía iniciarse en el nuevo edificio, que aún no estaba terminado. Así fue que el 12 de mayo de 1906, con la presencia del presidente de la Nación, José Figueroa Alcorta, se inauguró el Palacio Legislativo entre armazones de hierro y otros elementos de construcción, en un recinto de sesiones todavía sin bancas. El Palacio quedó finalmente concluido en 1946, cuando se colocó el revestimiento de mármol del exterior del edificio que restaba completar.
El 28 de diciembre de 1993, el decreto 2676 del Poder Ejecutivo Nacional declaró al Palacio del Congreso “Monumento Histórico y Artístico Nacional”. Entre sus consideraciones, el decreto establece que el edificio del Congreso constituye un referente de nuestra identidad cultural, por lo que se considera necesaria la preservación y presencia física de sus valores históricos y estéticos.